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Redacción
Martes, 19 de Enero de 2021 Tiempo de lectura:

Los importadores de neumáticos deben inscribirse en un registro de productores

Con la entrada en vigor, el pasado 8 de agosto, del Real Decreto 731/2020, todos los importadores de neumáticos de reposición que operan en el mercado español deben inscribirse en la sección de neumáticos del Registro de Productores de Producto, tal y como recuerda la Asociación Nacional de Distribuidores e Importadores de Neumáticos (ADINE). La fecha límite es el 2 de abril de 2021.

 

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Asimismo, Adine señala que según el RD 731/2020, se considera productor de neumáticos a la “persona física o jurídica que fabrique en España neumáticos nuevos o neumáticos recauchutados sobre carcasas importadas, o bien quienes realicen adquisiciones intracomunitarias o la importación procedente de países terceros de neumáticos nuevos, de neumáticos recauchutados o de neumáticos preparados para su reutilización como neumáticos de segunda mano”.

 

Como consecuencia, tienen obligación de inscribirse en el Registro de Productores todos fabricantes, distribuidores, importadores, plataformas online, talleres y autónomos que introducen neumáticos de reposición en España, ya sean nuevos, usados o recauchutados.

 

La adhesión a un sistema de gestión de NFU es oblligatoria

Al mismo tiempo, Adine recuerda que para poder inscribirse en el Registro de Productores de Neumáticos, previamente los importadores deben estar adheridos a un sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor. En el caso de España, los productores deben adherirse a uno de los dos que existen: Signus o TNU.

 

Una vez inscritos, el Registro les asignará un número de productor (número de registro), compuesto por 20 dígitos, que los importadores deberán incluir en todas sus facturas y albaranes de neumáticos de reposición desde su puesta en el mercado hasta el usuario final.

 

Dar cuenta de 2020

Igualmente, los importadores tienen también la obligación de suministrar la información de la puesta en el mercado de neumáticos de reposición durante el año 2020, antes del 2 de abril de 2021, según dispone el mencionado RD 731/2020.

 

Finalmente, Adine recuerda que el incumplimiento de estas obligaciones por parte de los importadores es motivo de sanción, según lo estipulado en el régimen sancionador del RD 731/2020, que modifica el RD 1619/2005 y de la Ley 22/2011, de Residuos, e insta a todos los importadores que tengan dudas que se pongan en contacto con la entidad.

 

Los importadores pueden inscribirse en el Registro de Productores de Neumáticos en el siguiente enlace.

 

Fuente: posventa.com

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